Falso testimonio

Falso testimonio


En Quintana Abogados prestamos asesoramiento jurídico integral en delitos de falso testimonio, ofreciendo defensa penal rigurosa.


¿Qué es el delito de falso testimonio?

El falso testimonio está regulado en los artículos 458 a 462 del Código Penal. Consiste en declarar falsamente en un procedimiento judicial, ya sea como testigo, perito o intérprete, alterando la verdad de los hechos o conclusiones.

La conducta debe realizarse ante la autoridad judicial, en un proceso en curso, y con plena conciencia de la falsedad.

Penas aplicables

  • Declaración falsa de testigo (art. 458): Prisión de 6 meses a 2 años y multa de 3 a 6 meses. Si el falso testimonio se produce en causa criminal por delito grave, la pena se incrementa, pasando a ser de 1 a 3 años de prisión.

  • Falsa pericia o interpretación (art. 459): Prisión de 1 a 3 años, multa de 6 a 12 meses e inhabilitación especial.

  • Atenuación por retractación (art. 462): Se permite una reducción de la pena si el declarante rectifica espontáneamente.

Nuestro servicio de asistencia Penal en Burgos

En Quintana Abogados ofrecemos una defensa técnica especializada tanto si es Vd. acusado como si es víctima. Nuestro servicio comprende:

  • Asistencia ante la Policía y Juzgado de Guardia.
  • Examen exhaustivo de la instrucción, revisión de atestados, pruebas y diligencias practicadas.
  • Planteamiento de estrategias de defensa desde la fase de instrucción hasta el juicio oral, incluyendo negociaciones de conformidad cuando resulte adecuado.
  • Defensa de víctimas.
  • Interposición de recursos ante resoluciones desfavorables.

Nuestro enfoque parte de la base de un trato personalizado y directo con una comunicación transparente durante todo el proceso.

Si se enfrenta a una acusación por un delito o si necesita asesoramiento como víctima, no espere. En Quintana Abogados estamos preparados para analizar su caso de modo inmediato y ofrecerle una solución eficaz.

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