Detención ilegal y secuestro
En Quintana Abogados prestamos asesoramiento jurídico integral en delitos de detención ilegal y secuestro, ofreciendo defensa penal tanto a investigados como a víctimas.
¿Qué son los delitos de detención ilegal y secuestro?
El delito de detención ilegal está previsto en el artículo 163 del Código Penal, que castiga a quien prive a otro de su libertad sin estar autorizado para ello.
El secuestro, recogido en el artículo 164, constituye una modalidad agravada en la que la privación de libertad se realiza exigiendo una condición para la liberación como el pago de dinero o la realización de algún acto.
Ambos tipos penales protegen el derecho fundamental a la libertad personal reconocido en el artículo 17 de la Constitución Española.
Penas aplicables
El Código Penal establece las siguientes penas:
- Detención ilegal (art. 163.1): Prisión de 4 a 6 años.
- Detención ilegal prolongada (más de 15 días): Prisión de 5 a 8 años.
- Secuestro (art. 164): Prisión de 6 a 10 años.
Las penas pueden agravarse cuando la víctima es menor, persona vulnerable o autoridad.
Nuestro servicio de asistencia Penal en Burgos
En Quintana Abogados ofrecemos una defensa técnica especializada tanto si es Vd. acusado como si es víctima. Nuestro servicio comprende:
- Asistencia ante la Policía y Juzgado de Guardia.
- Examen exhaustivo de la instrucción, revisión de atestados, pruebas y diligencias practicadas.
- Planteamiento de estrategias de defensa desde la fase de instrucción hasta el juicio oral, incluyendo negociaciones de conformidad cuando resulte adecuado.
- Defensa de víctimas.
- Interposición de recursos ante resoluciones desfavorables.
Nuestro enfoque parte de la base de un trato personalizado y directo con una comunicación transparente durante todo el proceso.
Si se enfrenta a una acusación por un delito o si necesita asesoramiento como víctima, no espere. En Quintana Abogados estamos preparados para analizar su caso de modo inmediato y ofrecerle una solución eficaz.